diciembre 02, 2012

VENTAJAS Y DESVENTAJAS DE LA NORMATIVIDAD URBANÍSTICA

De acuerdo a la actual estructura gubernamental, compete al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento conjuntamente con los Gobiernos Locales regular lo referente al desarrollo urbanístico, el de la vivienda cuidando que se dé en equilibrio de la protección del medio ambiente, teniendo competencia para legislar en materia de planificación urbana, la programación de la expansión urbana, la organización de la renovación urbana, las habilitaciones urbanas, las edificaciones y el propio control urbano e incluso la prestación de los servicios públicos de agua potable, dicha función político-institucional, en todos sus aspectos deber ser desarrollada en busca del bienestar urbano- material, económico y social.

De lo señalado se desprende cuáles son las principales funciones y atribuciones que debería generar la legislación urbanística considerando dichos efectos como las ventajes que nos ofrece, ya que una Normatividad Urbana y Arquitectónica básicamente establece e implanta las condiciones técnico - sanitarias para urbanizar terrenos, responsabilizándose de la aprobación de los proyectos que buscan habilitar zonas para ser pobladas y asegurando la no habilitación de zonas sin el cumplimiento previo de lo establecido en la legislación vigente, dicho control debe ser efectuado con la aplicación de planes de inspecciones técnicas coordinadas con los organismos que tengan competencia en supervisión, aprobación de proyectos de urbanizaciones y en los estudios referidos a ellos evitando la ocupación precaria realizada con mayor incidencia, pero no exclusivamente, en áreas rústicas, las que no estaban comprendidas en el plan regulador de la ciudad.

Ahora que si bien la normativa ofrece ventajas también ofrece desventajas que han sido generadas por la legislación vaga, ambigua y en muchos casos discrepante que promueve el desorden en la reglamentación, lo que genera la actual informalidad que recién se viene apreciando en su verdadera magnitud, ya que al existir estas discrepancias normativas la legislación urbanística deviene en algunos casos en inaplicable. Considero que lo que ha promovido estos defectos en la legislación y en todo caso los aspectos a mejorar son:

1. La regulación oportuna de los aspectos urbanísticos, debiéndose regular pensando en el futuro crecimiento de las ciudades y no solo buscando solucionar los problemas actuales con una regulación tardía sino teniendo una planificación basada en la proyección al futuro .

2. La normatividad al ser tan discrepante entre sus aspectos legislados, debe emitir normas que busquen la uniformidad entre ellas derogando aquellas que no van acorde a las nuevas políticas urbano-sociales.

3. La normatividad debe buscar llenar los diversos vacíos legales existentes y de ser el caso aclarar y precisar aquellos aspectos que no se encuentren claramente definidos y que generan confusión en la reglamentación.

4. La normatividad urbanística, debe contener las indicaciones de las condiciones mínimas requeridas para la población de áreas progresiva así como la ejecución de proyectos urbanísticos, ello en busca del bienestar particular y de la seguridad pública.

5. La legislación urbanística no debe desligarse de la normatividad ambiental, por ser evidente e innegable la importancia de esta última debido a los sucesos actuales, debe innovar los planes de ordenamiento y reordenamiento, los planes de desarrollo local, los planes estratégico-económicos, planes de acondicionamiento territorial, planes de desarrollo urbano, planes locales ambientales, planes de infraestructura local, planes de renovación urbana, planes de desarrollo institucional, planes de obras de servicios públicos y planes de desarrollo social.
Los Andes

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