mayo 28, 2010

"La sociedad no está preparada para reinsertar ex terroristas"

La liberación de la emerretista Lori Berenson pone en el tapete la falta de mecanismos para reinsertar a los ex terroristas en el seno de la sociedad, opinó Marcos Ibazeta, ex presidente de la Sala Nacional contra el Terrorismo

A través de CNR, Ibazeta señaló que, luego de la derrota militar de la subversión durante el régimen de Alberto Fujimori, ningún gobierno ha asumido la tarea de implementar mecanismos que permitan reincorporar a los antigüos militantes de Sendero Luminoso o el MRTA. En ese sentido, advirtió que lo más probable es que estas personas pasen a la clandestinidad, para seguir adelante con la acción política e ideológica que aún desarrollan ambas agrupaciones subversivas en los penales. Así mismo, criticó el rol de los jueces quienes dijo han actuado como una mera "mesa de parte" al concederle la libertad condicional a Berenson al cumplir los dos tercios de su condena de 20 años. "El juez no tenía porqué dársela si no va a haber una convivencia pacífica; más aún cuando estas organizaciones mantienen su estructura en las cárceles", enfatizó Ibazeta, quien recomendó al gobierno desarrollar una acción de inteligencia para infiltrarse en tales grupos y desactivarlos desde dentro.

Finalmente, se mostró en contra de aquellos sectores que piden la expulsión del país de la norteamericana. "No lo creo como una salida. Berenson es el paradigma de una situación que ha venido ocurriendo, pero que con ella se llega a cuadros importantes. Debe seguir su camino procesal", puntualizó.

Berenson, de 40 años, había sido condenada por integrar el Movimiento Revolucionario Túpac Amaru (MRTA). Fue condenada a 20 años de pena privativa de la libertad y debía salir de prisión en 2015. Concretamente, fue señalada de haber participado en 1995 en un fallido plan para tomar el Congreso de la República.
CNR

mayo 27, 2010

Transparencia presupuestal en el Perú: avances y desafíos

Desde que iniciamos el trabajo de vigilancia ciudadana el año 2003, el Portal de Transparencia del Ministerio de Economía y Finanzas, específicamente la Consulta Amigable del Sistema Integrado de Administración Financiera (SIAF), nos ha proporcionado información detallada sobre el presupuesto y su ejecución, los proyectos de inversión, el gasto social, entre otros, información a la cual era impensable acceder antes del año 2001.
El SIAF fue creado por el Ministerio de Economía y Finanzas a fines de los años noventa, con apoyo del Banco Interamericano de Desarrollo (BID) y con la participación de especialistas del Banco Mundial1. En ese entonces, el interés del gobierno estaba centrado en el control de los flujos financieros de las entidades públicas, por ello al inicio el SIAF fue un sistema de uso interno del gobierno y las entidades públicas. En este sistema, inicialmente denominado SIAF-SP, las entidades registraban los datos concernientes a cada compra realizada, por ejemplo: entidad que realiza la compra, mes de ejecución, tipo de operación, tipo de proceso de selección, fase contractual, datos del proveedor, la clasificación del bien, monto total a pagar, la cadena funcional programática a la que pertenece la compra del bien, y los saldos del calendario.Documento Completo
Elaborado por: Alejandra Muñoz, Epifanio Baca y Juan Narváez
Grupo Propuesta Ciudadana

mayo 26, 2010

91 jurados electorales especiales se instalaran en junio para garantizar legalidad de comicios

A partir del 2 de junio quedarán instalados en todo el país los 91 Jurados Electorales Especiales (JEE) que se encargarán de garantizar la legalidad de las elecciones regionales, municipales y el referéndum nacional del Fonavi-2010 que se realizarán el próximo 3 de octubre. Los JEE tienen, en sus respectivas circunscripciones, las mismas atribuciones e impedimentos que los miembros del Pleno del Jurado Nacional de Elecciones. Cabe señalar que en cada región se instalarán entre uno y diez Jurados Electorales Especiales, siguiendo criterios técnicos como el demográfico (instalación de acuerdo a la dimensión y distribución de la población).

Lima, y sus provincias, tiene diez, siendo la región que cuenta con el mayor número de JEE, mientras que otras regiones como Madre de Dios, Moquegua y la provincia constitucional del Callao tendrán un solo JEE.

Entre otras funciones, los JEE recibirán las solicitudes de inscripción de listas de candidatos hasta la fecha límite, que es el 5 de julio de 2010. Asimismo, calificarán integralmente estas solicitudes y determinarán su admisibilidad, la necesidad de que sean subsanadas o declararán su improcedencia.

Posteriormente, deberán publicar las listas admitidas para dar inicio al período de tachas. Los JEE también resolverán las tachas que sean formuladas y, en el caso de que su resolución fuese impugnada, la decisión final la tomará el Jurado Nacional de Elecciones.

Otro punto importante en las funciones de los JEE es atender las denuncias sobre publicidad estatal prohibida o propaganda electoral. Asimismo, serán los encargados de proclamar los resultados de las elecciones regionales, municipales y el referéndum nacional del Fonavi-2010 en cada una de sus jurisdicciones.

De igual manera, deberán admitir o rechazar las peticiones que formulen las organizaciones políticas, la ciudadanía en general y otros organismos, como por ejemplo la Oficina Descentralizada de Procesos Electorales y la Defensoría del Pueblo.

Cabe señalar que el JEE es un órgano decisor que está constituido por un presidente elegido por la Sala Plena de la Corte Superior de Justicia del departamento respectivo y por tres miembros titulares y suplentes que son designados por sorteo.

Según la Ley Orgánica de Elecciones, corresponde al JNE designar, mediante un sorteo (realizado el último 12 de mayo), a dos de los tres miembros de cada JEE, sobre la base de una lista de 25 ciudadanos que residen en la respectiva jurisdicción y que se encuentren inscritos en el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec), mediante una selección aleatoria computarizada de los electores de mayor grado de instrucción en cada circunscripción electoral.

Las listas de los ciudadanos seleccionados aleatoriamente por Reniec fueron previamente publicadas en el diario El Peruano de Lima y en la sección de avisos judiciales de los diarios de provincias para los impedimentos o excusas del caso.
EL COMERCIO

mayo 24, 2010

Análisis del proceso de descentralización fiscal en el Perú

En el Perú se está desarrollando un intenso proceso de descentralización política y económica, iniciado con claridad en el año 2002. Llevar adelante este proceso ha requerido una notable transformación de la administración fiscal del país. El Gobierno Nacional ha transferido importantes funciones y recursos fiscales a los Gobiernos Regionales, a la vez que ha reforzado los ingresos de los Gobiernos Municipales. Ambos Gobiernos Subnacionales han duplicado sus presupuestos en solo cinco años. Sin embargo, estos se financian principalmente con transferencias del Gobierno Central y no tanto con recursos propios recaudados por ellos.

Los presupuestos fiscales de los Gobiernos Regionales y Municipales equivalen al 30% del presupuesto del Gobierno Nacional, casi el doble de lo que era antes de 2002. Asimismo, más de la mitad de los trabajadores del sector público están en los Gobiernos Subnacionales, mientras que la inversión pública a cargo de estos gobiernos equivale al 55% de la inversión pública nacional.

Aun cuando los Gobiernos Subnacionales, en conjunto, han duplicado sus presupuestos en los últimos años, este crecimiento no se basa en una mayor recaudación de recursos propios en las respectivas localidades, sino en una creciente transferencia de ingresos fiscales del Gobierno Nacional. Mientras que en 2002 tales transferencias representaban el 77% de los ingresos presupuestarios de los Gobiernos Subnacionales, en 2006 éstas llegaron a 86%. Esta creciente dependencia de las transferencias del Gobierno Central no es muy saludable para el proceso de descentralización y debería empezar a revertirse mediante la asignación de mayores recursos propios a los Gobiernos Regionales y Municipales.

Los Gobiernos Regionales no cuentan prácticamente con fuentes de recursos propios de recaudación directa, el 96% de sus ingresos provienen de transferencias. Contrariamente a lo que se suele creer, la principal fuente de los Gobiernos Regionales no proviene del canon. Estos provienen mayoritariamente, en un 77%, de los recursos ordinarios del tesoro público. El canon, sin embargo, especialmente el minero, es el recurso de mayor crecimiento, registrando un notable aumento de 335% en el último lustro.

El sistema de transferencias fiscales a los Gobiernos Regionales muestra cierta regresividad en el sentido que las regiones más pobres reciben relativamente menores transferencias presupuestales del Gobierno Nacional. Asimismo, las opciones para otorgar recursos de recaudación propia a los Gobiernos Regionales no son muchas. La ley de descentralización prevé transferir a los Gobiernos Subnacionales, parte del Impuesto a la Renta de personas naturales, el Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) y el Impuesto General a las Ventas (IGV). Según este estudio, la plena implementación de esta medida, significará un aumento de hasta 37% en los ingresos presupuestarios de los Gobiernos Regionales y equivaldría al 1.2% del PBI y al 7% del Presupuesto Público nacional.

En cambio, los Gobiernos Locales sí cuentan con algunos recursos propios, tributarios o no tributarios, y dependen relativamente menos del Gobierno Nacional. Sin embargo, esta dependencia es todavía alta, ya que, en promedio, solo el 27% de sus ingresos provienen de recursos propios, tales como el impuesto predial, el de alcabala y las tasas o derechos municipales por concepto de licencias y servicios que prestan las municipalidades. Sin embargo, las transferencias aumentaron su participación de 55% en el 2002 a 73% en el 2006.

Las posibilidades de aumentar los ingresos propios en la mayoría de municipios son muy pocas. Los principales impuestos municipales son de naturaleza urbana y no tienen relevancia para los municipios rurales, por lo que los municipios pequeños y rurales seguramente continuarán dependiendo presupuestalmente de las transferencias del Gobierno Central. Además de mejorar la recaudación de los tributos existentes, también se debe evaluar la viabilidad de crear o asignar nuevas fuentes impositivas para los Gobiernos Locales.

Un tema relevante para el diseño de esquemas de descentralización fiscal en varios países es el grado de sustitución existente entre las transferencias presupuestales a los Gobiernos Subnacionales y el esfuerzo de recaudación de ingresos propios por parte de éstos. En la medida que un creciente flujo de transferencias como el que se viene dando en el país induzca a una “pereza fiscal” de las autoridades de los Gobiernos Subnacionales, éstos terminarían dependiendo excesivamente del Gobierno Nacional, que es justamente lo que se trata de evitar en un proceso genuino de descentralización. Aun cuando no ha sido posible establecer inequívocamente la existencia o no de una merma en los esfuerzos fiscales de los Gobiernos Locales ante el creciente flujo de transferencias del Gobierno Central, este es un problema real que se puede estar dando y que de hecho se da dado en otros países con regímenes similares de descentralización fiscal. Es por ello que es necesario adoptar mecanismos que alienten el esfuerzo fiscal de los Gobiernos Locales en particular, y Subnacionales en general.

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Jorge Vega - PUCP