abril 08, 2011

EDUCACION FAVORECIDA EN LAMBAYEQUE

UGEL Chiclayo sanea 56 terrenos abandonados en favor del sector Educación

La Unidad de Gestión Educativa Local (UGEL) de Chiclayo efectuó, hasta el momento, el saneamiento físico-legal de 56 predios en favor del sector Educación, los cuales se encontraban abandonados en diversas habilitaciones urbanas del ámbito de la provincia de Chiclayo.

Miriam Montenegro Fernández, directora de la UGEL Chiclayo, señaló que la labor está a cargo del ingeniero Jefferson Seclén, de la Oficina de Patrimonio, en coordinación con Elmer Gálvez, responsable del Departamento de Asesoría Jurídica.

Para el cumplimiento de dicho trabajo han recibido información de las unidades técnicas de la municipalidad provincial de Chiclayo sobre la existencia de habilitaciones urbanas.

Indicó que los dos últimos terrenos saneados se encuentran en las habilitaciones urbanas El Santuario, en la zona oeste de Chiclayo; y Los Portales, en la vía a Pimentel. En el primer caso el área destinada para Educación es de 4,000 metros cuadrados y tiene un valor de unos 240 mil nuevos soles. Mientras que el segundo caso se trata de un área de 450 metros cuadrados, cuyo valor asciende a unos 30,000 dólares.

Los demás predios están ubicados en zonas urbanas correspondientes a los distritos de José Leonardo Ortiz, Pimentel, Eten Puerto y La Victoria. Montenegro afirmó que tras la identificación de nuevos predios se proseguirá con el proceso de saneamiento físico-legal ante la oficina de Registros Públicos, y para que estos terrenos no sean invadidos se pintará una inscripción en el que se enfatizará que dicha área pertenece al sector Educación.

Agregó que parte de su gestión es identificar y recuperar aquellos terrenos que le pertenecen al Estado, específicamente a Educación, y que por descuido u otras razones estaban abandonados o en poder de terceros.

Montenegro dijo que este primer reporte constituye sólo el 5 por ciento del trabajo que se ha planificado realizar, pues se tiene previsto recorrer los demás distritos del ámbito provincial.
De acuerdo a la Ley Nº 29090-2010 (Ley de Habilitaciones Urbanas), las empresas dueñas de los terrenos destinados a habilitaciones urbanas deberán destinar el 2 por ciento del área bruta total del predio para fomentar el servicio educativo, a través de la construcción de su respectiva infraestructura.

Esta norma está amparada en la Ley Nº 29151 (Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales) y su Reglamento contenido en el Decreto Supremo 007-2008-Vivienda.
Andina

1 comentario:

Anónimo dijo...

todo con tal de que la educación se favoresca