El Ejecutivo autorizó a los gobiernos regionales durante los años 2009 y 2010 a destinar hasta un 50 por ciento del remanente proveniente del Decreto Legislativo N° 892, que regula las utilidades, para el mantenimiento de proyectos de infraestructura de impacto regional.
A través del Decreto de Urgencia N° 086-2009 publicado hoy en el boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano, se precisa que dicha medida es adoptada considerando la disminución inesperada de las fuentes de financiamiento para el gobierno nacional y los gobiernos regionales producto de la crisis financiera internacional.
Con esta medida los gobiernos regionales podrán redefinir sus necesidades de gasto y atenderlas exitosamente en los ejercicios presupuestales 2009 – 2010.
En caso los gobiernos regionales hayan previsto en sus respectivos presupuestos gastos financiados con cargo a los citados recursos, quedan exceptuados de lo dispuesto en el literal C del numeral 41.1 del artículo 41° de Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, para efectuar las modificaciones presupuestarias correspondientes.
La norma precisa que el Decreto Legislativo N° 892 regula los derechos de los trabajadores sujetos al régimen laboral de la actividad privada a participar de las utilidades de las empresas que desarrollan actividades generadoras de rentas de tercera categoría.
También establece que de existir un remanente entre el porcentaje que corresponda a la actividad de la empresa y el límite en la participación en las utilidades por trabajador, se aplicará en la capacitación de los trabajadores y la promoción de empleo a través de la creación de un fondo.
Fuente: Agencia Andina
agosto 17, 2009
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