En el ojo de la tormenta. Proceso de Licitación para la adquisición de 10 volquetes en la Municipalidad Provincial de Chiclayo ha desatado el rápido pronunciamiento de quienes no dudan en lo irregular de cómo se habría impulsado el trámite administrativo para una compra que técnicamente carecería de sustento y que por demás contiene un sinnúmero de errores.
En enero de este año, la comuna provincial de Chiclayo inició los trámites para finalmente convocar en la Licitación Pública Nº 01 -2013-MPCH/CE la participación de empresas del medio para la adquisición de 10 volquetes de 15 metros cúbicos destinados al servicio público básico; sin embargo, quienes tuvieron la oportunidad de acceder a participar de este proceso inmediatamente detectaron que el contenido del Resumen Ejecutivo que fuera oportunamente publicado por la comuna en el Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado (SEACE), contraviene groseramente a la norma y a lo establecido en el Comunicado N° 02-2009-OSCE/PRE, por cuanto las empresas que se consignan para establecer el Valor Referencial – y que había sido calculado en enero de este año – ascendente a 4 millones 950 mil nuevos soles, había sido calculado con 2 de 3 empresas que tienen la condición de contribuyentes ‘NO HABIDAS’ en la SUNAT y mucho menos están registras en el Registro Nacional de Proveedores (RNP), salvo Euro Camiones S.A.
Precisamente en la elaboración del referido Estudio de Mercado se tuvo en cuenta las cotizaciones de las empresas Martínez Bus & Truck E.I.R.L., con RUC N° 20515857631, que cotizó a 525 mil soles por cada unidad; a Interamericana Norte SAC, con RUC N° 20440167536, cotizando por la suma de 495 mil soles por volquete; y, a Euro Camiones S.A., con RUC N° 20550808791, por la suma de 509 mil 600 soles. Sin embargo, lo peculiar de este Estudio de Mercado, elaborado a partir de las cotizaciones alcanzadas y previo a la etapa de selección, se detectó que tanto la empresa Martínez Bus & Truck E.I.R.L., como Interamericana Norte SAC se encuentran en condición de ‘NO HABIDAS’ para la SUNAT, además que la segunda de las mencionadas tiene como registro un RUC que no le corresponde, pues le pertenece el Nº 20483998270 y no el consignado líneas arriba, que a la postre resulta ser de la empresa Interamericana SAC.
“¿Cómo pueden afirmar los técnicos de la municipalidad que lo cotizado por las empresas se encuentra acorde a las necesidades de la comuna, y acorde a la opinión y evaluación, si cuando las cotizaciones provienen de empresas que están descalificadas para ser tomadas en cuenta?”, se interroga Martín Pérez Carranza, ingeniero mecánico e integrante de la Comisión de Peritaje y Tasación del Consejo Departamental del Colegio de Ingenieros del Perú, acotando que aunque se halla consignado las características mínimas solicitadas en los términos de referencia requeridos, las propuestas evaluadas carecen de validez para elaborar un cuadro comparativo que sirva de referencia para los postores que deseen participar en esta Licitación Pública.
Considera además que lo contenido en el Resumen Ejecutivo no permite conocer – de acuerdo a las cotizaciones - qué tipo de marca de vehículo ofrecen cada una de ellas, por lo que es una razón más de peso para precisar que habrá otras empresas que estarían ya preparando las observaciones a las bases y al proceso.
“Si la Municipalidad Provincial de Chiclayo desea adquirir un producto de calidad, cabe preguntarse por qué no se consignó en el Estudio de Mercado otras empresas reconocidas como Volvo o Ferreyros, empresas que venden este tipo de vehículos. Más aún, cuando dentro del análisis de las ofertas del mercado no describen los detalles mínimos de características del vehículo, pues solo se indica la capacidad, por lo que la pregunta que cae de madura es ¿qué tipo de carro van a adquirir?, acaso ¿chino, americano o brasileño?, pues todas las empresas participantes deberán cumplir ciertos estándares de capacidades”, acota.
¿SOBREVALORACIÓN A LA VISTA?
Otras de las precisiones a las que alude el ingeniero Pérez Carranza, es que dentro de las especificaciones técnicas contenidas en el Resumen Ejecutivo, no se indica - por citar otro claro ejemplo - el tipo de tolva que la comuna provincial desea para el vehículo. “Vale decir, si quieren comprar un solo volquete a International Norte SAC, esta empresa no tiene definida qué tipo de tolva usan; no obstante ello, termina influyendo en el precio que pagarían – según las cotizaciones – pues fácilmente la municipalidad puede adquirir 10 marca Volvo o, y en su equivalente, terminar comprando o 19 marca Dong Fen, o 15 de la marca International o 16 Mitsubishi o 13 Volkswagen”, puntualiza.
A todas luces, considera, el precio estipulado en cada una de las cotizaciones estaría sobrevalorado, pues acorde a los precios recogidos en el Estudio de Mercado, cualquier empresa puede vender a menos precio y consumarse la típica e irregular modalidad de vender con precios sobrevalorados al 100%.
“Como verás, los precios cotizados en estas empresas, que están no habidas para la SUNAT, aun así están muy por encima de los precios estimados. En Chiclayo no necesitas tener un bólido, lo que necesitamos es tener un vehículo de calidad que permita realizar en forma óptima las tareas de recojo o traslado de materiales”, precisó Martín Pérez Carranza, razón por la cual sugiere adecuar nuevamente el Resumen Ejecutivo a la normatividad vigente.
Para Jorge Chávez Pita, especialista en Licitaciones Públicas, resulta cuestionable cómo la Municipalidad de Chiclayo procedió a solicitar cotizaciones para la compra de volquetes, que –según afirma – difiere a la de un vehículo, pues se debe señalar potencia, tracción (muy importante en este tipo de vehículos), capacidad de ejes, dimensiones de tolva, entre otros factores que no se especifican con suma claridad.
Es más, refuerza el comentario inicial de este informe al precisar que como entidad pública, las cotizaciones de la comuna provincial siempre deben responder a un Informe Técnico del área usuaria, vale decir, que en ese informe se debe detallar todas las características del bien por adquirir, que en el caso de esta licitación público no se adjunta; pues solo se hace mención al Memorando Nº103-2013- GADE-MPCH, de fecha de 8 de febrero del 2013, emitido por la Gerencia del Ambiente y Desarrollo Económico de Chiclayo, a cargo de Wilhelm Padilla Tuesta; el mismo que no detallaría características técnicas
mínimas del vehículo que se necesita para cargar 15 m3 por unidad.
A este comentario, el integrante de la Comisión de Peritaje y Tasación del Consejo Departamental del Colegio de Ingenieros del Perú refiere que “la cosa aquí está muy clara. Puede ser que la Municipalidad Provincial cotice un volquete de capacidad de 15 m3, pero al final se tenga que jalar al volquete con burros. Pienso que se debe frenar ese proceso porque primero que su estudio de mercado está muy mal elaborado; segundo, porque sus bases no responden a los vehículos existentes en el mercado, y tercero, porque el área municipal que solicita la adquisición de los 15 volquetes no sustenta este pedido”, puntualiza Pérez Carranza, incidiendo en que la mala o deficiente elaboración de un ‘Estudio de Mercado’ o ‘Resumen Ejecutivo’ como le llaman debe ser a todas luces transparente, amparados en el Reglamento de la Ley de las Contrataciones y Adquisiciones del Estado, específicamente en los artículos 40º y 41º, que precisa que éste tiene la finalidad de dar a conocer el análisis realizado por la entidad para determinar el Valor Referencial del proceso de selección, en cumplimiento de los artículos 12º,13º y 14º del referido Reglamento aprobado por el Decreto Supremo N° 184-2008-EF y modificado con el Decreto Supremo N° 138-2012-EF; no obstante ello, el profesional de la ingeniería refiere que esto al parecer no se habría tomado en cuenta “porque no se detalla el Informe Técnico del área usuaria ni mucho menos características vehicular ni mecánicas estructurales que deberán cumplir el objeto de la convocatoria”.
Como corolario – refiere – con todas estas observaciones, resulta imperiosamente necesario que el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE) detenga el proceso.
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OBSERVACIONES AL PROCESO
Al cierre de la edición, trascendió que empresa Terramovic SAC presentó al Comité Especial de Licitación, 11 observaciones contra proceso, relacionadas a las Especificaciones Técnicas y Requerimientos Técnicos Mínimos, Criterios de Evaluación y Resumen Ejecutivo.
En el caso del contenido del Resumen Ejecutivo publicado en el Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado, se precisa que éste contraviene a la norma y a lo establecido en el COMUNICADO N° 02-2009-OSCE/PRE, por cuanto las empresas Martínez Bus & Truck E.I.R.L su RUC está NO HABIDO e Interamericana Norte SAC, CON RUC N° 20440167536, no le corresponde el RUC referenciado; por lo que solicita al Comité Especial sirvan adecuar el Resumen Ejecutivo a la normatividad vigente.
Asimismo, en el caso de la experiencia del postor cuestiona que las bases no estén estableciendo cuales son los bienes similares que permitirán la acreditación de experiencia del postor, hecho que contraviene el Art 44° numeral 1 literal f del reglamento, que prescribe “en las bases deberá señalarse los bienes iguales y similares cuya venta o suministro servirá para acreditar la experiencia del postor”.
A su vez, el representante de la empresa también cuestiona que se esté otorgando como máximo puntaje en este factor 05 puntos al postor que acredite como experiencia 05 veces el Valor Referencial, “ya que éste resulta irrisorio, por qué no incongruente y no razonable, por cuanto establecer este puntaje permitiría que postores que no cuenten con experiencia en bienes objeto de la convocatoria puedan participar en el proceso convocado, ya que al no acreditar 05 veces el valor referencial solo se le restaría 05 puntos en el total de la calificación, hecho que resulta totalmente riesgoso y que no ofrece garantía alguna respecto a la adjudicación de la buena pro a un postor que tenga la garantía y la experiencia para proveer el bien requerido, hecho que genera desde ya un riesgo latente que redundaría en el interés de la Entidad respecto a obtener el suministro de las unidades con las garantías necesarias”.
+ PARA DESTACAR
● Trascendió que proceso sería direccionado para favorecer a una empresa ligada a una ex autoridad de afiliación aprista.
● Valor Referencial determinado por MPCH por 10 volquetes asciende a 4 millones 950 mil soles, obtenido de los precios de las cuestionadas empresas.
+ NOTICIAS
● Pérez Carranza también muestra su desacuerdo con los Puntajes de la Calificación en general.
● El expediente de contratación fue aprobado mediante Memorando Nº 186-2013-MPCH-GG, aprobada el 11 de Febrero del 2013.
● Mientras Motored S.A. realizó consulta sobre las bases, Empresa Terramovic S.A.C. las observó, las mismas que serán elevadas a OSCE.
Semanario Expresión
2 comentarios:
SE VE A KM QUE ESTOS SEÑORES NO CONOCEN DE MECANICA NI MUCHO MENOS DE CONTRATACIONES DEL ESTADO, EN PRIMER LUGAR QUIERO MANIFESTAR QUE EN NUMEROSOS COMUNICADOS, EL OSCE SEÑALA QUE EL NO ESTAR HABIDAS Y QUE NI SIQUIERA TENGAN RNP NO INVALIDAN QUE LAS EMPRESAS COTICEN E INCLUSIVE PUEDEN PRESENTARSE VARIAS EMPRESAS CON EL MISMO REPRESENTANTE LEGAL LA NORMA DE CONTRATACIONES NO CONTEMPLA LO DENUNCIADO(LEAN PRONUNCIAMIENTOS DL OSCE). ASIMISMO COMO ESTOS SEÑORES SON IGNORANTES EN CONTRATACIONES NO HAN REVISADO EL SEACE Y NO SE HAN DADO LA PACIENCIA DE REVISAR PROCESOS SIMILARES, LOS CUALES ESTAN EN 540,000, 550,000 Y 560,000 NUEVOS SOLES Y LAS EMPRESAS ABANDERADAS SON VOLVO, MERCEDEZ E INTERNACIONAL, TAMPOCO CONOCEN QUE LAS DOS PRIMERAS EMPRESAS SON EUROPEAS Y SU TOLVA LA FABRICAN HECHIZA EN EL PERU, MIENTRAS QUE LA EMPRESA QUE VENDE INTERNACIONAL DE MARCA AMERICANA SU TOLVA ES ORIGINAL VIENE DE EEUU, LA CUAL ES FABRICADO CON EL MEJOR MATERIAL DEL MUNDO.
GRACIAS
CARLOS DIAS O.
INGENIERO MECANICO DE LA UNI
ESTE INGENIERO MARTIN PEREZ CARRANZA, QUE NO ES MECÁNICO ES ELECTRICO(EN LA UNPRG, SACAN INGENIEROS ELECTRICOS) ESTA SIENDO QUEDAR MAL AL COLEGIO DE INGENIEROS DEPARTAMENTAL DE LAMBAYEQUE YA QUE NO PUEDE HABLAR EN SU NOMBRE SUS IGNORANCIAS DEBE SER A TITULO PERSONAL, POR OTRO LADO FERREYROS QUE TIENE UNA EMPRESA MOTORED Y QUE VENE VOLQUETES DE MARCA IVECO, SON CARROS DE BAJAS CARACTERISTICAS TÉCNICAS, NO SE PUEDE IGUAL AL VOLVO, MERCEDEZ O INTENACIONAL, POR ESO SU PRECIO ES IGUAL AL DE WOLVAGEN, O LOS CHINOS. LO MISMO SUCEDE CON ESTE SEÑOS QUE ES ESPECIALISTA EN CONTRATACIONES QUIESIERA SABER SI YA ESTA CERTIFICADO, PORQUE CON SUS COMENTARIOS IGNORANTES EN LA MATERIA, NO CREO
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